JUNTA DIRECTIVA

Junta Directiva

La Junta Directiva es el órgano que representa a los asociados y será nombrada por la Asamblea General de Asociados para que dirijan, administren la organización y ejecuten las demás atribuciones que el Estatuto y la ley le otorgue. 

La Asociación será administrada por una Junta Directiva compuesta por siete miembros en propiedad, que serán:

    • Presidente
    • Vicepresidente
    • Secretario
    • Tesorero
    • Vocal I
    • Vocal II
    • Vocal III

La sustitución temporal de miembros de la Junta Directiva se hará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley de Asociaciones Solidaristas N° 6970.  

La Junta Directiva se nombrará en forma parcial y alterna, de tal manera que en los años pares se elijan a cuatro miembros, a saber: 

    • Vicepresidente
    • Tesorero
    • Vocal II
    • Vocal III

En caso de ser impar son tres miembros, a saber: 

    • Presidente
    • Secretario
    • Vocal I

Sus nombramientos serán por dos años, pudiendo ser reelectos por períodos iguales indefinidamente y se efectuarán en Asamblea General Ordinaria y son revocables. 

Los nombramientos deberán garantizar la representación paritaria de ambos sexos.  En toda nómina u órgano impar la diferencia entre el total de hombres y mujeres no podrá ser superior a uno. 

Son atribuciones de la Junta Directiva:

    • Velar por el fiel cumplimiento de la Ley 6970, del Estatuto y de los acuerdos emanados de la Asamblea General.
    • Administrar y dirigir a la ASEPANI de conformidad con las disposiciones legales, estatutarias, reglamentarias y los mejores intereses de los asociados.
    • Aprobar la solicitud de afiliación de los funcionarios del PANI.
    • Aprobar los créditos recomendados por el Comité de Crédito.
    • Amonestar al asociado previa audiencia que se conceda al interesado, cuando su comportamiento afecte el buen nombre o los intereses de la ASEPANI.
    • Elevar a la Asamblea General de asociados la expulsión de alguno de los miembros.
    • Emitir y reformar los reglamentos.
    • Aprobar y modificar el presupuesto anual.
    • Integrar comités de apoyo.
    • Integrar comisiones ordinarias y especiales.
    • Establecer los lineamientos para el desarrollo de la Asociación.
    • Tomar los acuerdos requeridos para la buena marcha de la ASEPANI.
    • Nombrar los representantes en Federaciones u otras organizaciones.
    • Decidir si se conceden o no, donaciones para campañas nacionales de salud, desastres naturales, y otros, donde se fomente el principio de solidaridad.
    • Cualquier otra que el Estatuto o la Ley 6970 le otorgue.
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